El presente proyecto de ley plantea, mediante el mecanismo previsto en el artículo 124 de la Ley N° 18.046, de 24 de octubre de 2006, la creación de un fideicomiso, por el cual el Banco Hipotecario del Uruguay transfiere al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, su cartera de deudores en unidades reajustables.
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